Mercadona indemnizará a una familia con 9.000 euros por daños sonoros
información/el puerto
El Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número cinco condenó a una cadena de supermercados a inutilizar un montacargas situado en la Urbanización Alto de la Florida y a pagar 9.000 euros a una familia en conceptos de daños y perjuicio por el ruido ocasionado por el montacargas.
En la sentencia, el juzgado da un plazo de 20 días para inutilizar el montacargas que está situado bajo el domicilio de la familia demandante, teniéndolo que hacer además en horario diurno comprendido entre las 7.00 y las 23.00 horas.
La familia demandante, según consta en la sentencia, declaró que desde que comenzó la actividad del supermercado se han visto “perturbados” por la actividad de carga y descarga, reposición de estanterías, megafonía o alarmas de incendio durante la noche. Asimismo, indica que la empresa intentó hacer una obra para insonorizar el montacargas que resultó “insuficiente”.
Como consecuencia de la contaminación acústica, a uno de los miembros de la familia se le ha diagnosticado ansiedad y recibe tratamiento farmacológico, según recoge los fundamentos de derecho de la sentencia.
Por su parte, el centro comercial, adscrito a la cadena Mercadona, negó que el domicilio estuviera encima de la zona de carga y descarga, así como que se realizara actividad nocturna y alegó que la vivienda tiene problemas de aislamiento acústico. Asimismo, alegó que contaba con todas las licencias municipales para el funcionamiento de la actividad del centro. No obstante, el Juzgado recuerda que el Tribunal Supremo señala que la obtención de la licencia municipal para el ejercicio de la actividad “no es bastante para entender que se otorgó ponderando un justo y equitativo equilibrio entre el interés general y el derecho de los afectados, dato esencial para la legitimación de la lesión a la intimidad”. Además, recuerda que “incumbía” a la empresa la obligación de reducir los ruidos a un nivel soportable y tolerable.
Así, la sentencia señala que son varios los informes técnicos aportados en cuanto al ruido, superando el nivel máximo permitido para estancias habitables en horario diurno. Por ello, una vez realizados todos los informes, el Juzgado condenó al centro a inutilizar el citado montacargas. “l letrado defensor de la familia, José Luis Ortiz, manifestó que se trata de una sentencia que ·puede crear un precedente”.